lunes, 26 de enero de 2015

Forma Jurídica

La principal ventaja de constituir una Sociedad Limitada es que los socios no responden de las deudas de la misma.


Hemos decidido constituir un Sociedad Limitada debido a que los socios no responden de las deudas de la sociedad. Si alguno de los socios es también administrador de la misma, es decir, que gestiona la sociedad, solo responderá en el caso de incumplir alguna obligación que la Ley impone en casos excepcionales, pero generalmente no responderá de las deudas que contraiga la sociedad.
La decisión se toma por mayoría en caso de haber varias personas, esto supone una ventaja en su funcionamiento dado que está preparado para que ningún socio pueda obstaculizar el fin por el cual se ha creado la sociedad. Como nuestro proyecto esta compuesto por dos socios, esto implicaría que en un futuro para la toma de decisiones, se necesitaría un tercer voto para llevar a cabo la decisión final.
 Principales Trámites de Constitución de la Sociedad Limitada
  1. Obtener la certificación negativa de denominación.
  1. Redactar y aprobar los estatutos de la sociedad.
  1. Certificado bancario del ingreso del capital de la empresa.
  1. Redactar y elevar a pública la escritura de constitución de la sociedad.
  1. Solicitud del NIF provisional.
  1. Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  1. Inscripción de la escritura de constitución en el registro mercantil.







Entre otros trámites para la puesta en marcha serían los fiscales, laborales y municipales. Adjuntamos enlace  para mayor información en la página oficial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo:


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